Para el presidente del Comité de Transición entrante, Ramón Luis Rivera Cruz, la opinión que el secretario de Justicia, Domingo Emanuelli Hernández emitió el 15 noviembre de 2022 sobre el contrato de LUMA Energy fue “un wishy-washy”.
“Todo el mundo sabe que el contrato puede ser legal entre dos partes, negociaron unas partes específicas, pero yo esperaba que el Departamento de Justicia pudiera profundizar en el mismo y determinar si podía identificarse alguna forma o manera de que el contrato pudiera ser cancelado o de lo contrario, que no puede ser cancelado, porque no tiene las herramientas para esos propósitos. Así que meramente eso fue decir que el contrato fue legal”, dijo Rivera Cruz en conferencia de prensa.
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Al buscar el término ‘wishy-washy’ se refiere a “algo mongo, insípido o aguado”
El secretario de Justicia, Domingo Emanuelli Hernández expresó el martes que la opinión que emitió, a solicitud de la Autoridad para las Alianzas Público Privadas (AAPP) de ninguna forma evaluó el cumplimiento del consorcio que administra el sistema de transmisión y distribución de energía eléctrica.
“Lo que yo le digo a ellos. Mira, el contrato es válido y tiene unos mecanismos para romper el contrato o ir al tribunal. Fuera de eso, no, porque no se me encomendó a mí”, dijo Emanuelli Hernández a preguntas de la licenciada Verónica Ferraiouli Hornedo.
“Si las circunstancias que vivimos hoy en día son un incumplimiento o no, eso usted no lo muestra”, preguntó Ferraiouli Hornedo.
“Yo eso no lo estudié porque no se me presentó”, contestó el secretario de Justicia.
“Y fuera de esta opinión que usted emitió usted ha estudiado si ha habido alguna circunstancia que pueda de la cual pueda surgir un incumplimiento. ¿Usted ha hecho algún estudio o el Departamento de Justicia ha hecho algo, o usted conoce de algún estudio o algún memorando, alguna carta de opinión que tenga que ver con el cumplimiento de LUMA a sus responsabilidades bajo el contrato?”, cuestionó la integrante del Comité de Transición entrante.
“No”, respondió el secretario de Justicia.
En conferencia de prensa, Emanuelli Hernández insistió en que los únicos facultados para evaluar incumplimiento de contrato es la Autoridad de las Alianzas Público Privadas.
“Para empezar, la APP es la entidad para poder supervisar ese contrato y para solicitar la revisión o radicar una demanda. Si ellos entienden que sus abogados no son suficientes para radicar esa demanda de nulidad o de resolución del contrato, entonces ellos piden una dispensa a Justicia y Justicia decide si se da o no se da. Pero en este tipo de casos, por lo general, la APP tienen sus propios bufetes y ellos llevan esos casos”, expresó Emanuelli Hernández.
“¿Y si, por ejemplo, la gobernadora le pidiera al secretario o secretaria de Justicia designada una opinión sobre incumplimiento de LUMA, usted entiende que el Departamento de Justicia no la podría dar?”, se le preguntó.
“Es que ni la gobernadora puede pedirlo, es a la APP. La APP es la que puede pedir esa opinión y es trayendo toda documentación, viendo cómo por las distintas etapas de incumplimiento se están obteniendo pruebas. Eso no es tan fácil como la gente se imagina. Y digo que es difícil porque es una responsabilidad que uno tiene que tomar para recomendar que se deje sin efecto”, contestó Emanuelli Hernández.
“Yo pensaba que el secretario de Justicia era el abogado del gobernador y el abogado del pueblo y no veo ninguna razón por la cual él no pueda decir ‘yo hice la asignación y yo entiendo si ha habido incumplimiento’. Pero yo no entiendo porque el secretario de Justicia tomar una determinación legal. Es su trabajo decirle al gobernador cual es el estado de derecho de las cosas”, expresó Ferraiouli Hornedo al argumento en conferencia de prensa de Emanuelli Hernández.