Puerto Rico

Tribunal desestima demanda contra aumento del salario mínimo

El incremento de $10.50 por hora trabajada, entró en vigor el pasado lunes 1 de julio.

Telemundo

El juez Anthony Cuevas del Tribunal de Primera Instancia de San Juan desestimó este lunes una demanda de un grupo de comerciantes que estaban impugnando la puesta en vigor del nuevo aumento del salario mínimo a $10.50.

“Aunque este dictamen está sujeto a posibles solicitudes de reconsideración y procesos apelativos, por lo cual todavía no es final y firme, su efecto inmediato es que se mantiene en vigor el salario mínimo estatal de $10.50 que entró en vigor el 1 de julio", expresó el secretario del Trabajo, Gabriel Maldonado González.

Maldonado además instó a todos los patronos del sector privado a quienes les aplica la Ley Núm. 47-2021 a que cumplan con el mandato legislativo, ya que su incumplimiento con el pago del salario mínimo aplicable puede conllevar responsabilidad civil, multas y penalidades.

El incremento entró en vigor el pasado lunes 1 de julio, según lo acordó La Comisión Evaluadora de Salario Mínimo.

Los demandantes argumentaron que hacían falta cinco "votos afirmativos", que interpretan como "a favor", para aumentar el salario. Insistieron, además, en que el mismo no debía aplicarse de manera automática.

Tras los recientes aumentos y la inflación que sigue afectando. 

Mientras, el gobierno afirmó que el voto afirmativo representa un voto emitido legítimamente.

Los demandantes hicieron una petición de "mandamus" y de sentencia declaratoria. De otra parte, el gobierno solicitó la desestimación de esos recursos.

"En conclusión, la Comisión no debía tener mayoría para determinar que procedía el aumento a $10.50/hr, ya que estos solo tenían capacidad de hacer una variación al aumento mediante decreto. La ley estableció el aumento para el 1 de julio de 2024. Aun así, estos entendieron que, luego de analizar los estudios que se llevaron a cabo, no procedía hacer la variación en el aumento. Por lo tanto, no existe un deber ministerial incumplido", reza parte de la sentencia del juez.

SOBRE EL AUMENTO

Los miembros de la Comisión tomaron la determinación tras analizar y compartir impresiones sobre el informe realizado por la firma Abexus Analytics, respecto al impacto que podría tener el aumento al salario mínimo en Puerto Rico.

Dicho análisis tomó como base los datos recopilados en las planillas trimestrales del DTRH, el Censo Trimestral de Empleo y Salarios (ES-202), los datos agregados de las planillas sobre ingresos de corporaciones del Departamento de Hacienda, la tasa de inflación y otros factores establecidos en la Ley Núm. 47-2021, mejor conocida como la Ley de Salario Mínimo de Puerto Rico. La recopilación de estos datos permitió crear múltiples simulaciones que miden el aumento en la fuerza laboral, el cierre de negocios y efecto inflacionario utilizando distintos aumentos hipotéticos.

El objetivo es garantizar una remuneración justa y equitativa para todos los trabajadores de nuestra jurisdicción, basándose en datos y un análisis económico que sustente sus determinaciones.

El 21 de septiembre de 2021, el gobernador Pedro Pierluisi promulgó dicha ley. Esta legislación aumentó el salario mínimo estatal aplicable en Puerto Rico y creó la Comisión Evaluadora de Salario Mínimo, adscrita al DTRH, la cual tiene la responsabilidad de determinar los ajustes pertinentes al salario mínimo local.

Será beneficioso para los trabajadores, pero advierten que pone en peligro a pequeños comercios. 
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