Puerto Rico

¿Se puede reclamar una deuda a tu expareja? Esto es lo que debes saber

La situación no es sencilla, pero hay algunas opciones.

Una relación amorosa puede implicar la inversión de tiempo, emociones y, en muchos casos, dinero.

Sin embargo, cuando la relación llega a su fin, surge una pregunta: ¿se puede reclamar a la expareja por los gastos o deudas asumidas durante el noviazgo? La situación no es sencilla, pero aquí algunas opciones.

¿Qué dicen las leyes sobre los gastos en una relación?

En general, no existe una ley que establezca la posibilidad de reclamarle a una expareja por los gastos realizados durante la relación, ya que muchos de estos se consideran decisiones voluntarias y mutuas. Los expertos en derecho familiar señalan que, durante el noviazgo o la convivencia, los regalos, viajes y otros pagos suelen ser parte del compromiso emocional entre las personas.

¿Y si hubo un acuerdo verbal?

En situaciones donde la expareja le debe dinero a la otra persona y no se firmó ningún documento, pero hubo un acuerdo verbal, las leyes en Puerto Rico pueden ofrecer un poco de esperanza. Los acuerdos verbales son válidos en la isla siempre que se pueda demostrar que existió un compromiso entre ambas partes. Este tipo de obligación, conocida como “obligación consensual”, permite llevar el caso ante los tribunales, siempre y cuando haya evidencia que respalde la reclamación.

Esa evidencia puede incluir mensajes de texto, correos electrónicos, conversaciones grabadas, transferencias bancarias y testigos que puedan testificar que la expareja reconoció la deuda o discutió los términos del acuerdo.

Estos elementos pueden ayudar a construir un caso sólido en el Tribunal de Primera Instancia, incluso en la sección de “Corte de Reclamaciones Menores” si la deuda no es significativa.

¿Qué dice la Ley 54 sobre la violencia económica?

La violencia económica ya es considerada como una modalidad de la violencia doméstica y según Ayuda Legal Puerto Rico, se trata de una conducta ejercida con el fin de:

  • menoscabar la capacidad financiera presente o futura, la estabilidad económica o la seguridad habitacional y de vivienda a través de amenazas, coerción, fraude, restricción o privación de acceso o uso de cuentas, activos, información financiera, tarjetas de identificación o crédito, dinero o asistencias gubernamentales;
  • ocultación de información relacionada al pago de renta o hipotecas, o de desalojos forzosos;
  • ejercicio de influencia indebida en las decisiones o comportamiento o las decisiones financieras y económicas de una persona,  o
  • interferencia en la relación o desempeño laboral de una persona o en su negocio propio.
  • Incluye también el usar indebidamente los recursos económicos de la persona, incluido el dinero, los activos y el crédito para beneficio propio, y el impedir el acceso a cursos formales de estudios perjudicar el desempeño académico de la víctima.”

Si se demuestra que una expareja utilizó los recursos económicos como forma de control o coerción, podría ser considerada una violación de esta ley y ofrecer una vía para buscar medidas de protección y remedios legales.

En ayudalegalpr.org encontrará información legal, que debe utilizar según su mejor criterio y necesidad. Si usted necesita representación legal, visite su directorio de servicios legales gratuitos aquí.

Contáctanos