Puerto Rico

Jueces jubilados reclaman aumento en sus pensiones

Sostienen que aún no han visto reflejado el ajuste a pesar de que la Ley Núm. 101-2024 supuso un incremento a los cargos de juez presidente y juez asociado.

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Los exjueces Antonio Negrón, Anabelle Rodríguez, Francisco Rebollo, Federico Hernánez Denton y Liana Fiol Matta del Tribunal Supremo de Puerto Rico, radicaron una petición de mandamus en el Tribunal de Primera Instancia de San Juan, para reclamar un aumento en sus pensiones.

La parte peticionaria asegura que la Junta de Gobierno de Puerto Rico no ha cumplido con el ajuste de las pensiones, a pesar de que la Ley Núm. 101-2024 supuso un incremento en los sueldos a los cargos de juez presidente y juez asociado. Señalan que los jueces retirados del Tribunal Supremo aún no han visto reflejado ajuste algo "ni han recibido el incremento salarial retroactivo" dispuesto en la ley.

"La pensión de estos jueces retirados continúa siendo la que corresponde a la totalidad del sueldo para los respectivos cargos de los incumbentes, por lo que no está sujeta a un cómputo o por ciento menor por beneficio definido como el que aplica a los demás jueces activos y retirados del Poder Judicial", señalaron.

"Así, los jueces retirados comparecientes cualificaron para recibir la totalidad de la pensión a la cual tienen derecho, lo cual –conforme al derecho constitucional aplicable– constituye un interés adquirido de estos pensionados desde el momento en que se jubilaron", añadieron.

Los jueces jubilados sostuvieron que la Junta de Gobierno no ha contestado sus reclamos, por lo que solicitan la intervención del tribunal.

"Se solicita respetuosamente a Honorable Tribunal que declare HA LUGAR la petición de epígrafe y, en su consecuencia, dicte Sentencia de mandamus a favor de la parte peticionaria, ordenando a la parte peticionada que realice inmediatamente los ajustes correspondientes en la pensión de los jueces retirados del Tribunal Supremo y pague el incremento retroactivo de todas las sumas adeudadas a los jueces retirados comparecientes hasta el presente en virtud de lo dispuesto en la Ley Núm. 101-2024, el Artículo 9 de la Ley de Retiro de la Judicatura, supra, y el derecho aplicable", finaliza el documento.

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