El panel sobre el Fiscal Especial Independiente (PFEI) anunció este martes la designación de un fiscal al representante del Partido Popular Democrático (PPD), José Humberto Rivera Madera.
La decisión se fundamenta en el marco de unos actos de protesta contra la construcción de una torre de telecomunicaciones en Guayanilla, los cuales podrían ser constitutivos de delito. Entre esos opositores se encontraba el legislador.
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De acuerdo al informe de Investigación Preliminar del Departamento de Justicia (DJPR), como resultado de la manifestación, el teniente Edgardo Irizarry Velázquez se movilizó con su equipo de agentes para acordonar el área. De la investigación surge además que Rivera Madera y los otros manifestantes fueron orientados antes de traspasar el área acordonada.
Agrega el informe que el teniente les indicó que los constructores contaban con todos los permisos y autorizaciones de las agencias correspondientes, para la obra que estaban realizando y, que su conducta podría infringir el Artículo 200 del Código Penal de Puerto Rico de 2012.
Precisa la pesquisa de Justicia que a pesar de las advertencias del oficial policiaco, el representante traspasó sin autorización el área acordonada, irrumpiendo las labores programadas para ese día, teniendo que intervenir la Policía y efectuar su arresto.
“Esta acción está claramente contemplada dentro del delito de Obstrucción o Paralización de Obras, por lo que evidentemente no forma parte de los actos que se consideran protegidos por la libertad de expresión”, indica la investigación preliminar.
“Luego de un ponderado análisis del referido informe de investigación y de la evidencia que lo acompaña, consideramos que surge prueba tendente a demostrar que el representante Rivera Madera pudo haber incurrido en las violaciones de ley que se indican en el mismo”, añadieron.
Se designó al licenciado Emilio Arill García, como Fiscal Especial Independiente y a la licenciada Ileana Agudo Calderón como Fiscal Delegada, para que realicen la investigación de este asunto.
A ambos se les concedió el término de 90 días que dispone la Ley 2-1988, para realizar su investigación, contados a partir de la notificación de la Resolución.