Tras evaluar la evidencia presentada por la Fiscalía de Ponce del Departamento de Justicia, un jurado declaró hoy culpable a Jiován Ortiz Soto por cargos de asesinato en primer grado, incesto y agresión sexual, relacionados con la violación y muerte de su hija de dos años, April Thais Ortiz Quiñones.
El veredicto unánime fue emitido hoy en la sala de la juez, Ángel Llavona Folguera, del Tribunal de Primera Instancia de Ponce.
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Durante el proceso judicial, que inició en el mes de abril del presente año, las fiscales Natalia Zambrana y Natasha Muñoz, de la Unidad Especializada de Violencia Doméstica, Delitos Sexuales y Maltrato a Menores, junto a la fiscal de Distrito de Ponce, Marjorie Gierbolini Gierbolini, presentaron los testimonios de alrededor de nueve testigos, así como prueba pericial y documental que demostró la culpabilidad de Ortiz Soto más allá de duda razonable.
“Hoy doce puertorriqueños le hicieron justicia a April, una niña inocente que debió ser protegida y amada por sus padres. Pero lejos de esto, obtuvo la muerte tras un patrón de maltrato y los actos más repudiables por parte de su propio progenitor. Los hechos del caso, que nos conmocionó a todos en la Isla, resultan inconcebibles. Esperamos que sea sentenciado con todo el rigor de la ley”, expresó el secretario de Justicia, Domingo Emanuelli Hernández.
Conforme a la investigación del Departamento de Justicia y el Negociado de la Policía, Ortiz Soto incurrió en un patrón de agresión sexual contra la menor desde diciembre del 2022 hasta el 7 de junio de 2023, cuando la agredió sexualmente y la golpeó en diferentes partes de su cuerpo. Los padres de la menor la trasladaron al CDT de Guayanilla y alegaron que se había caído de una cama. La niña llegó inconsciente y los doctores que la evaluaron señalaron que los golpes no eran compatibles con una caída. Posteriormente, fue declarada muerta en la institución hospitalaria.
Por estos hechos, la madre de la menor, Naiari Quiñones Rivera, se declaró culpable en un juicio separado, celebrado el año pasado, por cargos de maltrato por negligencia y omisión intencional, al amparo de la Ley para la Seguridad, Bienestar y Protección de Menores. La mujer fue sentenciada a cumplir un año de cárcel.
“Reconozco la labor de las fiscales y los agentes que trabajaron en la investigación, que fue difícil, pues también les impactó emocionalmente. Las fiscales litigaron este caso con gran vehemencia y entrega, estoy muy orgulloso de su ejecución”, destacó el secretario.
En noviembre del año pasado, la jueza Lourdes Gómez Torres declaró no ha lugar una moción de supresión de evidencia presentada por la defensa de Ortiz Soto, que pretendía evitar que la confesión de Ortiz Soto se admitiera como prueba de la Fiscalía en el juicio.